RT info:eu-repo/semantics/conferenceObject T1 A propósito del orden de llamamientos en la sucesión intestada en los bienes de los libertos A1 Murillo Villar, Henar K1 Manumisión K1 Liberto K1 Ius patronatus K1 De bonis libertorum K1 Sucesión ab intestato K1 Orden de llamamientos K1 Derecho civil K1 Civil law K1 Derecho-Historia K1 Law-History AB Los habitantes de la antigua Roma se dividían en libres y esclavos. A suvez, los libres se subdividían en “ingenuos”, que eran los libres de nacimientoy en “libertos”, que eran antiguos esclavos manumitidos. A partir de la manumisión, momento en el que el dueño le otorgaba la libertad, el esclavo era librey se convertía en sujeto de relaciones jurídicas. No obstante, el ex esclavo(liberto) carecía de ascendencia civil, por lo que a los ojos del ordenamientojurídico romano no tenía ni agnados ni gentiles. Por el contrario, sí podía tenerdescendencia reconocida, lo que supone que podía tener heredes sui.Haber alcanzado la libertad no significaba que se rompiese su relaciónde dependencia con el patrono (antiguo dueño), pues indefectiblemente surgíael ius patronatus o derecho del patrono sobre el liberto al momento de sermanumitido. En caso de fallecer intestado el liberto no era posible aplicar elorden de llamamientos previsto en el ius civile para los ingenui, pues aquélcarecía de ascendientes y parientes colaterales reconocidos, razón por la cualse producía la delatio al patrono y a sus descendientes por el orden establecidoal efecto; en definitiva, un orden sucesorio particular PB Universidad de Burgos. Servicio de Publicaciones e Imagen Institucional SN 978-84-18465-23-9 YR 2022 FD 2022-04 LK http://hdl.handle.net/10259/9097 UL http://hdl.handle.net/10259/9097 LA spa NO Trabajo presentado en VIII Jornadas de Doctorandos de la Universidad de Burgos, abril de 2022, Burgos. DS Repositorio Institucional de la Universidad de Burgos RD 01-jun-2024