RT info:eu-repo/semantics/article T1 El oportunismo contractual en su consideración de incumplimiento contractual doloso agravado T2 Opportunistic behaviour as aggravated intentional breach of contract A1 Rodríguez Cachón, Teresa K1 Costes de transacción K1 Oportunismo contractual K1 Incumplimiento de contrato K1 Dolo contractual K1 Transaction costs K1 Opportunistic behaviour K1 Breach of contract K1 Wilful intent K1 Derecho civil K1 Civil law AB La visión que el ordenamiento jurídico español adopta del fenómeno contractual es tributaria de nuestra larga tradición ligada al literalismo en la interpretación del contrato. Bajo esta perspectiva, apenas cabe realizar consideraciones sobre elementos de tipo subjetivo que circundan toda relación contractual. Este déficit impide que, en virtud de previsión expresa alguna, podamos detectar y correlativamente sancionar el oportunismo contractual. El oportunismo contractual, carente de mención alguna en el ordenamiento jurídico español, supone, además de un incumplimiento contractual doloso, el aprovechamiento en beneficio propio de información obtenida en virtud de la celebración de un contrato. Las herramientas que la nueva economía institucional ofrece para el análisis del fenómeno contractual, a través del marco teórico de la economía de los costes de transacción, son capaces de arrojar luz sobre este vacío normativo gracias a su poder para tomar en expresa consideración ciertos elementos informativos que rodean toda relación contractual y que son de extraordinaria importancia en la determinación de la justicia del resultado del contrato. La economía de los costes de transacción es una teoría interdisciplinar que combina el Derecho, la Economía y la teoría de la organización, que pone el acento en explicar que la existencia del fenómeno contractual se debe a la necesidad de articular mecanismos que establezcan determinados incentivos para producir e intercambiar información entre las partes interesadas en llevar a cabo una transacción. Esta perspectiva de análisis se presenta, por tanto, como ineludible a fin de dotar a nuestro Derecho de contratos de capacidad para evitar resultados contractuales contrarios a las exigencias de justicia. PB Centro de Estudios Financieros SN 2697-1631 YR 2019 FD 2019-07 LK http://hdl.handle.net/10259/7961 UL http://hdl.handle.net/10259/7961 LA spa DS Repositorio Institucional de la Universidad de Burgos RD 12-may-2024